La copia o reproducción de software o bases de datos propietarias, sin la correspondiente autorización del titular de los derechos, puede constituir un delito penal.
Si Ud. fue víctima de un fraude informático podemos asistirlo en la denuncia, recolección de prueba e investigación del suceso, a fin de poder dar con los responsables.
Las comunicaciones electrónicas revisten desde un punto de vista legal la misma importancia que las comunicaciones epistolares y telegráficas, de allí que la ley proteja las comunicaciones electrónicas con idéntico alcance. La violación de un correo electrónico, o de otro tipo de comunicación electrónica constituye un delito penal.
Lejos ha quedado la discusión sobre si los sistemas o archivos informáticos constituían “cosas” en el sentido jurídico de la expresión, y así se susceptibles de ser objeto de daño. Actualmente se encuentra pendo en daño de tales elementos.
La legislación argentina prevé ahora una figura delictiva específica referida a la intrusión de sistemas y bases de datos. El delito así queda conformado por el acceso no autorizado, sin que se requiera la existencia de un segundo delito como podría ser el daño a tales sistemas o la utilización de la información para la […]
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